Nota informativa ley CUME.
- Sección Sindical CCOO
- 18 abr 2023
- 2 Min. de lectura
Actualizado: 7 may 2023
¿En qué consiste la ayuda CUME? Es un subsidio que compensa la pérdida de ingresos que sufren los trabajadores progenitores, adoptantes o acogedores que reducen su jornada de trabajo para cuidar de manera directa, continua y permanente del /la menor a su cargo, afectada por cáncer u otra enfermedad grave de las determinadas legalmente. Permite reducir su jornada (un mínimo del 50% y hasta el 99%), sin ver mermado su sueldo, durante el tiempo que necesite, hasta que el menor cumpla los 23 años.
El listado de la Seguridad Social se ha ido ampliando en patologías. Puedes acceder a través de este enlace: https://www.boe.es/eli/es/o/2019/02/06/tms103 El pago de la prestación será asumido por la Mutua y se realizará por periodos mensuales vencidos.
Si la madre y el padre son trabajadores, ¿quién tiene derecho a la ayuda CUME? Ambos progenitores, adoptantes o acogedores, deberán estar afiliados y en alta en algún régimen público de la Seguridad Social, o Mutualidad de previsión social establecida por el correspondiente colegio profesional. Sólo uno podrá recibir el ayuda. En caso de separación o divorcio, tendrá derecho a la ayuda CUME el progenitor con el que conviva el menor.
¿En qué consiste la prestación económica? La ayuda CUME cubre el 100% del sueldo en proporción a la reducción de la jornada laboral. Es decir, si la persona se reduce su jornada un 75%, el subsidio cubrirá el 100% de ese porcentaje. De este modo, la familia no notará una merma de su economía.
¿Quién te ayuda y te facilita la información necesaria para tramitarla?
Si necesitas más información, ponte en contacto con la persona responsable de tu zona desde la Sección Sindical de CCOO Cedipsa escribiendo un mail a seccionsindicalcedipsa@gmail.com
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Fuente: seccionsindicalcedipsa.com
















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